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lunes, 16 de julio de 2012

Mapa Tours no subirá el IVA



Mapa Tours no repercutirá en sus precios de venta al público ni en las reservas ya realizadas ni en las nuevas, la subida del IVA anunciada por el Presidente del Gobierno en el Congreso de los Diputados y que al parecer se aplicará en los próximos días.

El touroperador tomo esta misma medida en 2010, cuando se produjo un incremento similar del IVA.

jueves, 12 de julio de 2012

ASET critica la subida del IVA en los servicios turísticos

 Antonio Távora

- La Asociación Sevillana de Empresas Turísticas critica esta decisión del Gobierno de Rajoy, ya que complica la situación de uno de los sectores más estable del país.
- Consideran que la actuación más positiva sería la de apostar por los sectores que están funcionando beneficiando el desarrollo de estas actividades.

La Asociación Sevillana de Empresas Turísticas criticó la subida del IVA anunciada por el presidente del Ejecutivo, Mariano Rajoy, durante el Pleno Extraordinario en el Congreso de los Diputados, por la cual los impuestos asociados al mundo del turismo subirán del 8% al 10%. El presidente de ASET, Antonio Távora, señaló que “mientras en otros países de Europa, que son competencia directa nuestra como es el caso de Italia, Portugal o Francia, se reducen los impuestos en este sector, en España los incrementamos creando más problemas en vez de soluciones, en unas empresas que no lo están pasando nada bien”.

Así mismo, Távora quiso destacar que “el turismo ha sido, es y será uno de los motores de la economía española, andaluza y sevillana, y por lo tanto las administraciones deben apostar por este tejido empresarial para que siga empujando e intentando crear puestos de trabajo”, a lo que añadió que “poner palos en las ruedas para sacar tajada de los sectores menos perjudicados en tiempos tan difíciles puede producir un descenso en el volumen de facturación de estas empresas, ya de por sí en una situación complicada”.

El presidente de ASET añadió que “no se puede seguir manteniendo una estructura pública tan amplia, con duplicidad de funciones y con unos gastos tan pesados para las arcas públicas y que después quienes paguen sean las pequeñas y medianas empresas que componen el músculo empresarial turístico”.

Para finalizar, Távora apuntó a la diferencia en la gestión que se está desarrollando en el resto de los países de Europa, “donde los paises que han bajado los impuestos relacionados con el sector turístico han mejorado su posición en el ranking de destinos, mientras que los que optaron por un incremento en sus tasas, vieron como el volumen de facturación descendió de forma alarmante”.

Por este motivo, el presidente de ASET consideró necesario “que se adopten medidas que ayuden a favorecer a España, Andalucía y Sevilla para que sigan incrementando su presencia como destino turístico, y no imponer medidas que supongan un descenso en las ventas del tejido empresarial, ya bastante dañado por estos años de crisis”.

jueves, 24 de noviembre de 2011

El IVA superreducido para la hostelería es viable


Según un informe de la prestigiosa firma PwC encargado por la Agrupación de Cadenas Hoteleras (ACH), la aplicación del tipo superreducido del IVA del 4% a la prestación de servicios de hostelería y restauración es viable jurídicamente.

La consecución de un tipo del IVA del 4% es una de las prioridades de la ACH para contribuir a la mejora de la competitividad del sector hotelero español.

España es uno de los países de la Unión Europea a los que el artículo 114 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo de 28 de noviembre de 2006 relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido, les faculta para la aplicación de tipos impositivos reducidos en el IVA inferiores al 5% a las operaciones previstas en su Anexo III, entre los que figuran los servicios hosteleros, de restauración y catering. Dicha posibilidad fue fruto de las negociaciones de España ante la necesaria armonización de tipos impositivos entre los impuestos sobre el valor añadido de los distintos Estados miembros en sus respectivas legislaciones, que obligaba a España a subir su tipo normal para acercarlo al del resto.

Con motivo de la Directiva de armonización de tipos impositivos, España se vio obligada a subir su tipo normal vigente el 1 de enero de 1991 (12%) en más de dos puntos porcentuales hasta situarlo en un 15% el 1 de enero de 1993. Dicha subida fue llevada a cabo en dos momentos, el 1 de enero y el 1 de agosto de 1992. Se cumplían por lo tanto los requisitos previstos en la antes citada Directiva relativa al sistema común del IVA para la aplicación de un tipo reducido inferior al 5% a las operaciones previstas en el Anexo III por parte de España.

La disposición donde se encuentra regulada esta facultad estará vigente mientras lo esté el régimen transitorio de los intercambios entre los Estados miembros y dadas las diferencias entre los tipos impositivos entre los diferentes Estados miembros, no es previsible la implantación del régimen definitivo en el corto plazo.

En virtud de ello, desde la entrada en vigor de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del IVA, se han aplicado tipos superreducidos como el 3% (vigente hasta el 1 de enero de 1995) y el 4% (vigente en la actualidad).

Las operaciones sujetas al IVA a las que se aplica el tipo superreducido vigente en la norma española están relacionadas en el artículo 91.Dos de la Ley del impuesto. Junto con su apartado primero, suponen una adaptación del Anexo III de la normativa comunitaria en relación con las actividades a las que se pueden aplicar los tipos reducidos del IVA. En ese sentido, las actividades de hostelería y restauración se encuadran actualmente dentro de aquellas a las que resulta aplicable el tipo reducido del IVA (8%).

La inclusión de los servicios de hostelería y restauración en las listas del artículo 91.Dos de la Ley del IVA no implicaría tampoco la vulneración de ninguno de los principios que deben regir la aplicación de supuestos de tributación reducida según la jurisprudencia comunitaria:
 
- Interpretación estricta.
- Delimitación objetiva.
- Neutralidad o no discriminación.

En consecuencia, el informe de PwC concluye que considera viable jurídicamente la aplicación del tipo superreducido del IVA del 4% en la normativa española a la prestación de servicios de hostelería y restauración.