martes, 9 de julio de 2013

La ACAV crea un decálogo de consejos para los viajes de este verano



Incluye recomendaciones de actuación ante posibles circunstancias que se pueden dar en los viajes y las compensaciones correspondientes.

L’Associació Catalana d’Agències de Viatges (ACAV) ha elaborado un decálogo de consejos para los viajeros, con recomendaciones tanto para el momento de contratar el viaje, como aquellos imprevistos o problemas que puedan surgir durante el mismo. En este sentido, la Asociación destaca los derechos de los viajeros en los casos de cancelación o retraso, no sólo en avión, sino también en el transporte marítimo y terrestre.

Decálogo viajeros:
1.- Las agencias de viajes, tanto vendedoras como organizadoras de viajes, disponen de unas garantías financieras establecidas legalmente que cubren el reembolso de los fondos depositados y la repatriación en caso de insolvencia, siendo la forma más segura de contratar sus vacaciones. Todas las agencias de viajes disponen de un título-licencia, otorgado por la Administración turística, que las identifica.

2.- Si contrata en Internet, también podrá identificar a las agencias de viajes on line debidamente legalizadas con el correspondiente título-licencia.

3.- En el momento de contratar su viaje asegúrese de cual es la documentación y vacunas necesarias para viajar. Asimismo, en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, maec, podrá consultar las recomendaciones oficiales de viaje de los diferentes países del mundo. Si contrata un viaje combinado, su agente de viajes le facilitará esta información.

4.- Asimismo, es importante contratar un seguro de asistencia de viaje, pues en caso de accidente o enfermedad sobrevenida durante el viaje, los gastos médicos, de asistencia y de repatriación pueden ser muy elevados.

5.- Solicite información sobre el equipaje de mano y el equipaje facturado permitido. Cada compañía aérea tiene unas normas propias sobre al equipaje permitido.

6.- En caso de cancelación, retraso o denegación de embarque en un vuelo con salida de un aeropuerto europeo o llegada a un aeropuerto europeo con una compañía aérea comunitaria, puede tener derecho a una compensación, que puede variar entre 250 euros y 600 euros, en función de la distancia del vuelo. También tiene el derecho de asistencia que debe prestarle la compañía aérea operadora del vuelo, así como el derecho al transporte alternativo o reembolso. Si se ofrece transporte alternativo la compensación puede reducirse en un 50%, en función del retraso en la llegada.

7.- Si viaja en barco recuerde que en caso de en caso de cancelación o retraso en la salida superior a 90 minutos también tiene derecho a asistencia por parte de la compañía naviera y a transporte alternativo o reembolso. Asimismo en caso de retraso en la llegada, también puede tener derecho a una compensación, que puede variar entre el 25 y 50% del precio del billete en función del tiempo de retraso y la duración del trayecto.

8.- Si su medio de transporte es el tren y se prevé un retraso en su llegada al destino final superior a 60 minutos tiene derecho al transporte alternativo o al reembolso del billete. Si opta por el transporte alternativo puede solicitar una indemnización que puede variar entre el 25 y el 50% en función del tiempo de retraso. Asimismo en caso de retraso superior a 60 minutos siempre tiene derecho a la asistencia por parte de la compañía ferroviaria.

9.- Si es una persona con movilidad reducida ya sea permanente o temporal, recuerde que tanto en transporte aéreo, marítimo y ferroviario puede solicitar un derecho especial de asistencia. Para poder acceder a este derecho en muchas ocasiones es necesaria una comunicación previa al transportista con 48 horas de antelación.

10.- Por último recuerde que ante cualquier incidencia que pueda surgir durante su viaje es importante ponerla en conocimiento de su agente de viajes o del tour operador organizador de su viaje lo antes posible, a fin de que éstos puedan ofrecerle las soluciones adecuadas.

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